Devolución del IVA soportado
en Suiza por empresas españolas
Con el objetivo de facilitar y agilizar la devolución del
IVA soportado en las transacciones comerciales realizadas en Suiza,
tanto por sus miembros como por las demás empresas españolas
que lo deseen, la Cámara de Comercio Hispano-Suiza en Zurich
ofrece la prestación del servicio de devolución del
citado impuesto de parte de las autoridades fiscales suizas.
Por lo tanto, los profesionales/ empresas españolas que
en el ejercicio de su actividad económica hayan soportado
la imposición del IVA en Suiza, pueden solicitar la devolución
de las cuotas de impuesto devengadas en el pago de las correspondientes
facturas para adquisición de bienes o percepción de
servicios en Suiza.
A. Premisas
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Prestaciones
excluidas de la devolución del IVA
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Casos
especiales
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Tramitación
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Presentación
de la demanda de devolución
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Cantidad
mínima a restituir
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Plazo
de presentación
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B. Procedimiento cronológico
de actuación
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Indicaciones de facturas
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Actuación de la Cámara de Comercio Hispano-Suiza
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Anexos
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A. Premisas:
Tienen derecho a la devolución del IVA soportado en la adquisición
de bienes o en la percepción de servicios en Suiza, quienes:
a) tengan domicilio o sede social en el extranjero,
b) no suministren mercancías o presten servicios en Suiza,
c) justifiquen su condición de empresario en el país
de su domicilio/ sede social (España).
El justificante de la calidad de empresario extranjero deberá
presentarse mediante la pertinente Certificación extendida
por la Administración Fiscal española. Véase
correspondiente anexo.
Por lo tanto, la devolución del IVA soportado en Suiza,
puede solicitarse a las autoridades fiscales suizas siempre que
la percepción de un servicio/ adquisición de bienes
en Suiza, que dan derecho al reembolso del impuesto, (*)
hayan tenido
como destinatario a un empresario extranjero no residente en Suiza.
exista una
factura completa y definitiva
se justifique
el pago de la factura con los correspondientes comprobantes. En
su lugar, puede utilizarse el formulario No 1225 debidamente cumplimentado
y firmado pro la empresa suiza prestaria del (los) servicio(s).
(Véase correspondiente anexo) Para cada proveedor se utilizará
un formulario.
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Prestaciones excluidas de la devolución del IVA:
Para toda una serie de prestaciones de orden médico hospitalario,
religioso, educativo, cultural y filantrópico, asistencia
social, de carácter deportivo, etc., así como las
operaciones de seguros y reaseguros y una amplia gama de servicios
financieros y monetarios, etc. quedan excluidas de la restitución
del IVA. No dan tampoco derecho a restitución del IVA los
gastos denegados en diversiones (p. ej. en excursiones del personal,
frecuentación de salas de espectáculos con clientes,
respectivamente fiestas aniversario de la empresa, así como
tampoco la tributación devengada en la adquisición
y mantenimiento de motocicletas superiores a 125 ccm, lanchas a
motor y a vela y avionetas deportivas.). Concretamente, queda excluida
del IVA en todos los supuestos que no cumplan disposiciones relativas
a la justificación de la prestación y pago del servicio.
Casos especiales: Dan derecho a la restitución del
IVA los gastos soportados en el alquiler de apartamentos, habitaciones
de hotel, de aparcamientos alquilados por un espacio mínimo
de 3 meses, cajas fuertes, utillaje y maquinaria, etc., siempre
que estos gastos estén directamente vinculados con el desarrollo
de una actividad empresarial.
Las facturas de gastos devengados en el desarrollo de una actividad
empresarial, como facturas de hotel, de restaurantes, taxis, etc.
tienen que ser extendidos a nombre del propio empresario o de la
empresa solicitante de la devolución. No obstante, como que
en la práctica se extienden generalmente a nombre de las
personas (empleados/ ejecutivos), con pagos muchas veces mediante
tarjetas de crédito, se aceptan estas facturas hasta un máximo
de 200 francos. Para la restitución de un importe superior,
la factura tiene que estar extendida imprescindiblemente a nombre
de la empresa solicitante. El IVA soportado en alimentación
y bebidas (restaurantes) exclusivamente en el desarrollo de una
actividad comercial, se restituye sólo parcialmente en un
50%. En las facturas extendidas con plazo de pago diferido, se restituye
su importe si se considera este aspecto en la factura y una vez
se haya materializado el pago de la misma. Se aceptan los cupones
de cajas registradoras siempre que los mismos contengan los datos
requeridos para la extensión de facturas, todo ello independientemente
del correspondiente importe. Como que por lo general no es éste
el caso, se aceptan dichos cupones de cajas registradoras hasta
un máximo de 200 francos.
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Tramitación: la solicitud de devolución del
IVA soportado en Suiza, tiene que ser presentada obligatoriamente
a las autoridades fiscales suizas a través de un “representante
fiscal” con domicilio o razón social en Suiza.
El empresario solicitante de la devolución deberá
designar el mismo ( en este caso la Cámara de Comercio Hispano-Suiza,
que se presta para el desarrollo de este servicio), otorgándole
el correspondiente poder de actuación.
Presentación
de la demanda de devolución: por empresa/ persona
se puede solicitar la devolución del IVA soportado en Suiza,
sólo una vez por año natural.
Cantidad
mínima a restituir: Sólo se restituyen los
importes de las cuotas de IVA que alcancen o superen la cantidad
de CHF 500.- por año natural.
Plazo
de presentación: la solicitud de devolución
debe ser presentada dentro del plazo de los 6 meses siguientes al
año natural en el que tuvo lugar la adquisición de
mercancías o la percepción de servicios en Suiza,
es decir, del 1º de enero al 30 de junio del siguiente año
(fecha del matasellos postal). Las demandas que se presenten transcurrido
este plazo no serán atendidas.
Puesto que para la tramitación de la devolución del
IVA se tiene que enviar copia de las facturas a la(s ) empresa(s)
suiza(s) vendedoras de los productos o prestataria de los correspondientes
servicios para requerir su confirmación de que realmente
los ha prestado y cobrado, todo cuanto requiere compresiblemente
un cierto tiempo, el empresario español solicitante de la
devolución deberá presentarla a la Cámara de
Comercio Hispano-Suiza lo mas tarde hasta el 31 del correspondiente
mes de Mayo.
Cuando se haya recibido prestación de servicios (inclusive
importación) tanto en Suiza como en el Principado de Liechtenstein,
las solicitudes de devolución del IVA deben dirigirse siempre
a las autoridades fiscales del estado en el que se hayan producido
el pago del importe de IVA más elevado. Por lo tanto, dentro
de la circunscripción fiscal territorial del IVA de Suiza
y Liechtenstein sólo es necesario presentar una solicitud
de devolución.
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B. Procedimiento
cronológico de actuación:
La empresa española enviará a la Cámara de
Comercio Hispano-Suiza la siguiente documentación:
facturas
originales con indicación de las cuotas de IVA soportadas,
comprobantes
de los pagos realizados (p.ej. copia de transferencias bancarias)
Poder otorgado
a la Cámara de Comercio Hispano-Suiza. Formulario No 1222.
Lista de
las facturas por las que solicita la devolución del IVA:Formulario
No. 1223
Certificación original firmada y sellada extendida por la Administración
Fiscal española en formato bilingüe (español e inglés)
Indicación
de la cuenta bancaria a la que se debe transferir la cantida de
IVA restituido*.
Rogamos cumplimentar los formularios directamente en el formato
PDF ( el programa va realizando la suma de los importes automáticamente)
e imprimir. En caso de completarlos a mano y de precisarse un mayor
número de formularios en blanco, éstos pueden ser
fotocopiados.
(Nota*: Las autoridades fiscales no realizan transferencias al
exterior. El importe de IVA devuelto se transfiere primeramente
a la cuenta postal de la Cámara de Comercio Hispano-Suiza
(como representante fiscal del empresario español), para
su posterior e inmediata transferencia al empresario español).
En concreto, las
facturas deben contener las siguientes indicaciones:
a) nombre y señas del proveedor o prestatario de servicios,
así como su numero de registro fiscal del IVA
b) nombre y señas del destinatario de las mercancías
o de la prestación del servicio.
c) Fecha o periodo del suministro o de la prestación del
servicio.
d) Genero, objeto y volumen del suministro respectivamente prestación
del servicio.
e) Contraprestación (pago) por suministro o prestación
de servicios.
f) Importe del impuesto en la factura por suministro/ prestación
servicios, indicado en francos suizos o indicación del
porcentaje (p.ej. inclusive 7.6% IVA).
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Actuación de la Cámara de
Comercio Hispano-Suiza
1) Verificación y control de la documentación recibida
del empresario español.
2) Envío de las copias de las facturas y/o comprobantes
del pago a la(s) empresa(s) suiza(s) suministradora(s) de mercancía(s)
o prestataria(s) de servicios, con el ruego de confirmación
de su parte de la prestación de servicio y que el mismo ha
sido abonado por la empresa española.
3) Una vez recibida dicha documentación de la(s) empresa(s)
suiza(s), la Cámara de Comercio Hispano-Suiza presentará
inmediatamente a las autoridades fiscales suizas la pertinente solicitud
de devolución del IVA, junto con:
las facturas originales con indicación de las cuotas del
IVA soportadas,
los comprobantes de los pagos realizados,
el /los formulario/ s No 1225 con la recapitulación y confirmación
de los servicios prestados por la(s) empresa(s) suiza(s), conforme
ha(n) prestado y cobrado el (los) servicio(s).
Poder de Representación Fiscal otorgado a la Cámara
de Comercio Hispano-Suiza.
4) Aprobada la devolución del IVA de parte de las autoridades
fiscales suizas y al recibido de la cantidad restituida, la Cámara
de Comercio Hispano-Suiza transferirá el correspondiente
importe a la cuenta del empresario español, previa deducción
del importe de sus servicios conforme a la tarifa establecida
y de los gastos correo.
| TARIFAS |
|
SOCIOS |
NO SOCIOS |
| Hasta CHF 1.000 |
10% |
15% |
| Hasta CHF 5.000 |
8% |
12% |
| A partir de CHF 10.000 |
6% |
10% |
| Tarifa mínima: CHF 100
ó 69 Euros |
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Anexos:
1. Muestra de la Certificación de la administración
fiscal extranjera (en este caso española) descargar
2. Formulario No 1222 (2 paginas): Poder de Representación
fiscal.
descargar
1ª pág. a cumplimentar
por la empresa española solicitante de la devolución.
2ª pág. a cumplimentar por el Representante
Fiscal (Cámara de Comercio Hispano-Suiza)
3. Formulario No 1223: Lista de facturas/ prestaciones
por las cuales se solicita la devolución del IVA, a cumplimentar
por la empresa española.
descargar
4. Formulario No 1225 (2 Páginas) a cumplimentar
por la empresa suiza prestataria del (los) servicio(s).
descargar
1ª pág. Confirmación
de los servicios prestados por la empresa suiza.
2ª pág. Lista de las facturas pagadas
por la empresa española.
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